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Artículo 59

Las Asignaciones Mensuales De La Pagaduría Del Poder Judicial Y Empleados Del Palacio De Justicia En Bogotá, Serán Las Siguientes: El Contador Pagador, $180; El Ascensorista Del Palacio De Justicia, $ 40, El Portero Del Palacio De Justicia, $24, Y Los Conserjes Del Palacio De Justicia, $18

Decreto 1714 de 1936 · Por el cual se establece la división judicial del país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las asignaciones mensuales de la Pagaduría del Poder Judicial y empleados del Palacio de Justicia en Bogotá, serán las siguientes: El Contador Pagador, $180; El Ascensorista del Palacio de Justicia, $ 40, el Portero del Palacio de Justicia, $24, y los Conserjes del Palacio de Justicia, $18.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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