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Artículo 5

El Archivo Que Se Forme En Cada Notaría Con Los Documentos A Que Se Refiere Este Decreto, Será Legajado Metódicamente -Y En Orden Cronológico- Al Fin De Cada Año, Con Sus Correspondientes Índices, Y Empastados En Tomos De Fácil Consulta

Decreto 836 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en ejecución del artículo 22 de la Convención Adicional al Concordato de 31 de diciembre de 1887

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El archivo que se forme en cada Notaría con los documentos a que se refiere este Decreto, será legajado metódicamente -y en orden cronológico- al fin de cada año, con sus correspondientes índices, y empastados en tomos de fácil consulta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 836 de 1922