° Para tomar posesión de cualquier empleo nacional, departamental o municipal, es requisito indispensable que la persona designada presente previamente, para agregar a la diligencia respectiva, el certificado de paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto del impuesto sobre renta y complementarios, expedido por la correspondiente oficina de Hacienda Nacional.
El funcionario que diere posesión de un empleo público sin el requisito a que se refiere este artículo, incurrirá en una multa de cien pesos ($100) que será impuesta por el respectivo superior, de oficio, o a solicitud de cualquier funcionario o particular que denuncie la emisión.