°. A partir del 1° de enero de 2010, la asignación básica mensual de los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar será la señalada para su grado, de acuerdo con la siguiente escala: GRADO ASIGNACIÓN MENSUAL GRADO ASIGNACIÓN MENSUAL 1 526.590 12 1.157.792 2 535.168 13 1.183.735 3 618.563 14 1.237.165 4 669.537 15 1.419.889 5 759.588 16 1.557.337 6 828.332 17 1.811.752 7 876.207 18 1.878.903 8 956.612 19 2.008.587 9 997.086 20 2.048.865 10 1.054.690 21 2.337.290 11 1.121.643 22 2.552.072
En las remuneraciones fijadas en los artículos 1° y 2° del presente decreto se encuentra incorporado el porcentaje adicional a que se refiere el segundo inciso del artículo 2° del Decreto 3902 de 2008.