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Artículo 30

La- Junta Dictará Las Disposiciones Que Crea Necesarias Para El Levantamiento Del Censo De Las Tribus Indígenas Que Existan En El Territorio De La República^

Decreto 923 de 1911 · que adiciona y reforma el Decreto número 813 de 1911, por el cual se reglamenta la Ley 2.ª de 1911, sobre censo de población.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La- Junta dictará las disposiciones que crea necesarias para el levantamiento del censo de las tribus indígenas que existan en el territorio de la República^

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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