JurídicoESEN

Artículo 31

Los Honorarios De Los Liquidadores En Lo Relacionado Con Su Administración, Intervención En Juicio Y Distribución De Los Bienes, Se Regirán Por Las Normas Atinentes A Los Secuestros, Los Curadores Ad Lítem Y Los Partidores, Respectivamente

Decreto 2367 de 1968 · por el cual se reglamenta el artículo 30 de la Ley 16 de 1968, en lo relativo a la designación y remuneración de los auxiliares y colaboradores de la justicia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los honorarios de los liquidadores en lo relacionado con su administración, intervención en juicio y distribución de los bienes, se regirán por las normas atinentes a los secuestros, los curadores ad lítem y los partidores, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2367 de 1968