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Artículo 2

Son Funciones Del Presidente Del Banco: A) Ejercer La Representación Legal Del Banco; B) Ejecutar Las Decisiones De La Asamblea De Accionistas Y De La Junta Directiva Del Banco; C) Diseñar Los Planes Y Programas Que Debe Desarrollar El Banco Según Su Objeto Social Y Las Políticas Del Gobierno Nacional Acordes Con El Mismo; D) Orientar Las Actividades Tendientes A Establecer La Visión, Misión Y Objetivos Del Banco, Así Como Las Relacionadas Con La Determinación De Las Estrategias Y Metas Correspondientes, De Acuerdo Con El Objeto Social Del Banco; E) Velar Porque Las Actividades Que Se Lleven A Cabo En El Banco, Cumplan Lo Dispuesto En La Constitución Política, En Las Leyes De La República Y En Los Estatutos; F) Presentar Para Consideración De La Junta Directiva De La Entidad, Los Proyectos De Modificación O Ajuste De La Estructura Del Banco, Así Como Las Funciones Y Perfiles Correspondientes A Cada Uno De Los Cargos Que La Conforman; G) Presentar Para Estudio Y Aprobación De La Junta Directiva, Las Escalas Salariales Aplicables A Los Trabajadores Oficiales Del Banco; H) Vincular Y Desvincular A Los Trabajadores Oficiales Del Banco, De Conformidad Con Las Normas Vigentes Sobre La Materia

Decreto 2679 de 2008 · por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A., y se determinan la funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Son funciones del Presidente del Banco

a)

Ejercer la representación legal del Banco;

b)

Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Accionistas y de la Junta Directiva del Banco;

c)

Diseñar los planes y programas que debe desarrollar el Banco según su objeto social y las políticas del Gobierno Nacional acordes con el mismo;

d)

Orientar las actividades tendientes a establecer la visión, misión y objetivos del Banco, así como las relacionadas con la determinación de las estrategias y metas correspondientes, de acuerdo con el objeto social del Banco;

e)

Velar porque las actividades que se lleven a cabo en el Banco, cumplan lo dispuesto en la Constitución Política, en las leyes de la República y en los Estatutos;

f)

Presentar para consideración de la Junta Directiva de la Entidad, los proyectos de modificación o ajuste de la estructura del Banco, así como las funciones y perfiles correspondientes a cada uno de los cargos que la conforman;

g)

Presentar para estudio y aprobación de la Junta Directiva, las escalas salariales aplicables a los trabajadores oficiales del Banco;

h)

Vincular y desvincular a los trabajadores oficiales del Banco, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Esta facultad puede ser delegada en el Vicepresidente de Gestión Humana;

i)

Administrar el Talento Humano al servicio de la Entidad;

j)

Delegar en los funcionarios del Banco el ejercicio de las funciones de su competencia, con observancia de las disposiciones legales vigentes;

k)

Presentar a la Junta Directiva, al finalizar cada ejercicio, el balance general y las cuentas e inventarios correspondientes;

l)

Fijar las políticas para la elaboración y control del presupuesto del Banco;

m)

Presentar a la Junta Directiva para su estudio y aprobación, el presupuesto anual de la Entidad y demás iniciativas que considere convenientes para el funcionamiento, y desarrollo del Banco;

n)

Promover el recaudo de los ingresos y ordenar los gastos e inversiones, delegando facultades en otros trabajadores de la Entidad, dentro del marco fijado por las políticas de la Junta Directiva;

o)

Orientar las acciones conducentes a la aprobación de las operaciones financieras y crediticias en las cuantías determinadas por la Junta Directiva, con las limitaciones previstas en la ley y en los Estatutos;

p)

Mantener informada a la Junta Directiva y someter a su consideración, los informes que deban rendirse al Presidente de la República, o ante organismos, entidades y autoridades que los soliciten;

q)

Convocar a la Asamblea General de Accionistas y a la Junta Directiva, cuando las circunstancias así lo exijan;

r)

Orientar, administrar y reglamentar la gestión administrativa y operativa del Banco;

s)

Crear los comités que la Junta Directiva le designe;

t)

Conformar los grupos internos de trabajo que permitan efectividad en el control y en la gestión de la Entidad;

u)

Ejercer las demás funciones que la Constitución, la ley, los estatutos y los reglamentos determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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