ARTICULO 38. La División de Servicios Generales tiene las siguientes funciones
Promover y coordinar la aplicación de normas y procedimientos para la prestación de los servicios de transporte, mantenimiento y aseo, requeridos para el funcionamiento de las dependencias del Ministerio;
Coordinar y velar por la organización y funcionamiento de actividades de diseño, publicación e imprenta de materiales; diagramación, composición, levantamiento de textos, artes finales y gráficas; preparación de audiovisuales y medios requeridos para el funcionamiento del Ministerio;
Crear, mejorar y mantener mecanismos de coordinación con las diferentes dependencias para la administración de los servicios generales requeridos para funcionamiento del Ministerio;
Atender y coordinar la prestación de los servicios generales requeridos para el funcionamiento de las diferentes reparticiones del Ministerio. División de Presupuesto.