JurídicoESEN

Artículo 8

El Ministerio De Guerra Mandará Hacer Una Profusa Edición De Los Modelos De Banderas Y Escudos Para Distribuirlos Entre Todas Las Oficinas Públicas, A Las Legaciones, Consulados Y Oficinas De Información Y Propaganda De Colombia En El Exterior

Decreto 861 de 1924 · Por el cual se reúnen en un solo cuerpo todas las disposiciones dictadas hasta la fecha sobre composición y empleo de la Bandera Nacional y del Escudo de Armas de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Guerra mandará hacer una profusa edición de los modelos de banderas y escudos para distribuirlos entre todas las oficinas públicas, a las Legaciones, Consulados y Oficinas de Información y Propaganda de Colombia en el Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 861 de 1924