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Artículo 60

Del Decreto 550 De 1960, Es Aplicables A Todos Los Contratos Administrativos Que Celebre La Nación Con Los Departamentos Y Demás Entidades Públicas

Decreto 1610 de 1960 · Por el cual se aclaran los Decretos número 406 y 1315 de 1959, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto Lo dispuesto por el artículo 60 del Decreto 550 de 1960, es aplicables a todos los contratos administrativos que celebre la Nación con los Departamentos y demás entidades públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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