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Artículo 12

Los Servidores Públicos Que Sean Incorporados En Virtud De Lo Establecido En El Presente Decreto, A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, Conservarán La Remuneración Y Régimen Prestacional Que Venían Percibiendo, Mientras Permanezcan En Los Empleos A Los Cuales Fueren Incorporados

Decreto 489 de 1992 · por el cual se incorporan a la estructura orgánica y a la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación unos cargos y se les asigna la correspondiente denominación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los servidores públicos que sean incorporados en virtud de lo establecido en el presente Decreto, a la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación, conservarán la remuneración y régimen prestacional que venían percibiendo, mientras permanezcan en los empleos a los cuales fueren incorporados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 489 de 1992