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Artículo 1

Decreto 3282 de 1963 · Por el cual se reorganiza la Junta Directiva del Instituto Nacional de Nutrición

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A partir de la expedición del presente Decreto, la Junta Directiva del Instituto Nacional de Nutrición estará constituida en la siguiente forma: Los Ministros de Salud Pública, de Educación Nacional y de Agricultura, o sus representantes designados por ellos, quienes para este efecto podrán ser los Directores de los Ministerios o los Secretarios Generales, y un representante de la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina. Comuníquese, publíquese, y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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