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Artículo 126

Del Destino En Caso De No Reinversión

Decreto 1650 de 1977 · Por el cual se determinan el régimen y la administración de los seguros sociales obligatorios, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del destino en caso de no reinversión. En caso de que las amortizaciones a que se refieren los artículos 123 y 124 de este Decreto no se reinviertan, su producto sólo podrá destinarse al pago de las prestaciones económicas de los seguros de invalidez, vejez y muerte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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