JurídicoESEN

Artículo 10

Los Jefes De Las Oficinas Telegráficas De Manizales, Bucaramanga, Popayán, Neiva, Santa Marta, Ibagué, Pasto Y Cúcuta, Se Denominarán En Adelante Jefes De Telégrafo

Decreto 1275 de 1938 · Por el cual se reforman los Decretos números 2239 de 1937 y 123, 1017 de 1938, se reorganiza el servicio de inalámbricos y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jefes de las Oficinas Telegráficas de Manizales, Bucaramanga, Popayán, Neiva, Santa Marta, Ibagué, Pasto y Cúcuta, se denominarán en adelante Jefes de Telégrafo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1275 de 1938