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Artículo 1

Ley 58 de 1964 · por la cual se destina un auxilio para la adquisición y construcción del colegio para señoritas y oficinas de la Junta pro-Fomento Cultural Popular y Auxilio Mutuo, que funciona en el Barrio Boyacá de la ciudad de Bogotá.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase con la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000) a la Junta pro-Fomento Cultural Popular y Auxilio Mutuo, que funciona en el Barrio Boyacá de la ciudad de Bogotá, para la adquisición de un lote y construcción del colegio de señoritas y oficinas donde funcionará la citada Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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