JurídicoESEN

Artículo 21

Decreto 3770 de 2008 · por el cual se reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras; se establecen los requisitos para el Registro de Consejos Comunitarios y Organizaciones de dichas comunidades y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Instancias de representación. Son instancias de representación de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras

a)

Los consejos comunitarios, en su doble condición de autoridad de administración interna de los territorios colectivos, y de organización de base por excelencia;

b)

Las organizaciones de base de que trata el presente decreto:

c)

Las comisiones consultivas departamentales, distrital de Bogotá, y de Alto Nivel, y

d)

Las comisiones pedagógicas nacional y departamentales, según proceda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3770 de 2008