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Artículo 260

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 260. Cuando por cualquier causa caduque el contrato celebrado entre el Gobierno nacional i la Compañía del camino de San Buenaventura para la inspeccion de las bodegas del puerto de “ Los Cachos, ” el Poder Ejecutivo promoverá nuevos convenios con la persona o compañía a cuyo cargo estén dichas bodegas, o las del puerto de San Buenaventura, cuando éste sea el habilitado para la importacion i esportacion, para que unas i otras queden bajo la inspección y dependencia de la Aduana.

s eccion quinta

Formalidades para la importacion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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