De los órganos de dirección.
La Universidad de la Amazonia estará dirigida por el Consejo Superior, el Rector que es el representante legal y la primera autoridad ejecutiva de la institución y el Consejo Académico.
De acuerdo a las necesidades de la Universidad y a su desarrollo interno, el Consejo Superior podrá crear los cargos y organismos de dirección que autoriza el Decreto-ley 80 de 1980, artículo 62.