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Artículo 2

Ley 48 de 1983 · por la cual se expiden normas generales a las cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular aspectos del comercio exterior colombiano.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Del Certificado de Reembolso Tributario, CERT.

Créase el Certificado de Reembolso Tributario, CERT, y eliminase el Certificado de Abono Tributario, CAT.

El Gobierno Nacional contratará con el Banco de la República la expedición y entrega de Certificados de Reembolso Tributario, CERT, a los exportadores, en las condiciones previstas en esta ley y en los decretos que la desarrollen.

Los Certificados de Reembolso Tributario, CERT, serán documentos creados y libremente negociables.

Parágrafo 1

. Para los efectos de esta ley, el Gobierno Nacional determinará quiénes se consideran exportadores.

Parágrafo 2

Las personas que reciban directamente del Banco de la República los Certificados de Reembolso Tributario, CERT, tendrán derecho a descontar el impuesto sobre la renta y complementarios a su cargo en el año gravable correspondiente a su recibo el 40% del monto de tales certificados, cuando se trate de sociedades anónimas y asimiladas y el 18% cuando se trate de sociedades de responsabilidad limitada y asimiladas, personas naturales y sucesiones ilíquidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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