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Artículo 2

El Literal S) Del Artículo 4º De Los Estatutos Adoptados Por El Acuerdo Número 2 De 1969 Aprobado Por Decreto 1171 De 1969, Quedará Así: A) Explorar, Explotar, Beneficiar Y Comerciar Las Sustancias Radiactivas Que Se Encuentren En Las Zonas Que El Gobierno Nacional Otorgue Al Instituto A Título De Aporte

Decreto 258 de 1975 · Por el cual se aprueba una modificación de los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El literal s) del artículo 4º de los estatutos adoptados por el Acuerdo número 2 de 1969 aprobado por Decreto 1171 de 1969, quedará así: a) Explorar, explotar, beneficiar y comerciar las sustancias radiactivas que se encuentren en las zonas que el Gobierno Nacional otorgue al Instituto a título de Aporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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