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Artículo 60

Liquidación De-Pérdidas Y Ganancias: Para Liquidar La Cuenta De Pérdidas Y Ganancias Y Establecer El Saldo De Unas U Otras, Deberá Habefse Asentado En Los Libros Las Sumas Que Se Destinen Para Atender Las Siguientes, Provisiones O Fondos: A) Para La Amortización O Depreciación De Los Activos Susceptibles De Desgaste O Demérito, Las Cantidades Que La Junta Directiva Considere Necesarias Y Suficientes, Habida Cuenta De La Naturaleza, De La Duración Probable De Cada Bien Y Del Uso A Que Se Encuentre Destinado; B) Para El Pago De Las Cesantías Y Demás Prestaciones Sociales A Cargo De La Sociedad Y A Favor De Sus Trabajadores, Causadas Durante El Período Corrido Desde La Fecha Del Balance General Anterior,

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Liquidación de-pérdidas y ganancias: Para liquidar la cuenta de pérdidas y ganancias y establecer el saldo de unas u otras, deberá habefse asentado en los libros las sumas que se destinen para atender las siguientes, provisiones o fondos

a)

Para la amortización o depreciación de los activos susceptibles de desgaste o demérito, las cantidades que la Junta Directiva considere necesarias y suficientes, habida cuenta de la naturaleza, de la duración probable de cada bien y del uso a que se encuentre destinado;

b)

Para el pago de las cesantías y demás prestaciones sociales a cargo de la Sociedad y a favor de sus trabajadores, causadas durante el período corrido desde la fecha del Balance General anterior, .las sumas que legal y contractualmente sean necesarias, para cubrir todo su valor, y a fin de atender al pago contingente de otras prestaciones sociales, las sumas que se estimon necesarias para cubrir tales riesgos;

c)

Para impuestos sobre la mita y sus complementarios la suma en que conforme a las leyes tributarias entonces vigentes, se fije lá estimación de este pasivo, y

d)

Para amparo de la cartera y demás activos del Balance General, las sumas que se consideren indispensables a fin de que éste sea exacto y refleje la verdaders situación financiera de la corporación Tales apropiaciones serán fijadas por la Junta Directivos con intervención del Gerente y citación previa del Reviso Fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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