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Artículo 3

Ese Inventario General, Una Vez Suscrito Por El Director Del Cuerpo, Por El Visitador Y Por El Intendente, Constituirá La Entrega Formal Que Los Dos Primeros Hacen Al Último De Esos Bienes Y Especies, Y Será La Base Del Manejo Y Responsabilidad Del Intendente

Decreto 1668 de 1916 · Por el cual se reglamenta el manejo de los bienes de propiedad del Estado, que prestan servicio en la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Ese inventario general, una vez suscrito por el Director del Cuerpo, por el Visitador y por el Intendente, constituirá la entrega formal que los dos primeros hacen al último de esos bienes y especies, y será la base del manejo y responsabilidad del Intendente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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