Certificación de los cursos. Los certificados de aprobación de los cursos adelantados en Institución diferente a la Academia Superior de Inteligencia y Seguridad Pública del Departamento Administrativo de Seguridad, deberán ser expedidos por las autoridades competentes o los representantes legales del organismo que los impartió. Los certificados deberán contener, entre otros, los datos siguientes
Nombre o razón social de la entidad
Nombre y contenido del curso
Intensidad horaria
Fechas de realización
Resultados de la evaluación, si la hubiere.