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Artículo 59

Todos Los Exámenes De La Facultad Se Verificarán Ante Un Jurado De Examinadores Compuesto De Tres Miembros Nombrados Y Presididos Por El Rector Ó Por Él Profesor Más Antiguo, Exceptuando El Examen De Tesis, En El Cual El Jurado Será Formado Por Tres Miembros Nombrados Y Presididos Invariablemente Por El Rector

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todos los exámenes de la Facultad se verificarán ante un Jurado de examinadores compuesto de tres miembros nombrados y presididos por el Rector ó por él Profesor más antiguo, exceptuando el examen de tesis, en el cual el Jurado será formado por tres miembros nombrados y presididos invariablemente por el Rector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1906