Excluyese del plan de clasificación y remuneración de cargos que por la presente Ley se adopta, al siguiente personal:
Personal Técnico Especializado para trabajos transitorios.
Personal a contrato
Personal a jornal.
Personal de Comisiones, Consejos, Juntas y Corporaciones similares.
Personal que desempeñe cargos de tiempo parcial
De las asignaciones