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Artículo 1

Consistiendo La Misión Del Ministerio De Guerra En Hacer Que El Ejército Correspondiente A Los Fines Que Le Señalan La Constitución Y Las Leyes, Y Debiendo Mantener Al Presidente De La República Constantemente Al Corriente De Su Estado, Llevará A Cabo Las Labores Por Medio De Departamentos Y Secciones, Dentro De Los Cuales Se Repartirán Los Siguientes Trabajos En La Siguiente Forma:

Decreto 300 de 1925 · Por el cual se aprueba el Reglamento orgánico del Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Consistiendo la misión del Ministerio de Guerra en hacer que el Ejército correspondiente a los fines que le señalan la Constitución y las leyes, y debiendo mantener al Presidente de la República constantemente al corriente de su estado, llevará a cabo las labores por medio de Departamentos y Secciones, dentro de los cuales se repartirán los siguientes trabajos en la siguiente forma:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 300 de 1925