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Artículo 1

Decreto 84 de 1926 · Por el cual se adiciona el Decreto número 1959 de 1925

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Los señores Felipe S. Alfaro, Pedro J. Vásquez y Jaime Trujillo, nombrados, respectivamente, por Decreto número 1959, de fecha 30 de diciembre del año pasado, Archivero Escribiente, Oficial Escribiente y Agente del Impuesto sobre la Renta de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, y quienes venían prestando sus servicios en dicha Oficina, tienen derecho a devengar sus sueldos desde el primero de enero del corriente año. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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