Causales de retiro. El retiro de la carrera de la Procuraduría se produce por el retiro del servicio por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 158 de este decreto y además por
Revocatoria del nombramiento, en caso de presentarse irregularidad en el proceso de selección.
Haber tomado posesión en un empleo de libre nombramiento y remoción o de período fijo, sin que previamente haya sido comisionado por el Procurador.