° Redúcense en un siete por ciento ( 7% ) las apropiaciones de los distintos Ministerios y Departamentos Administrativos, con excepción del Ministerio de Educación Nacional, cuyo monto se ajustará a la norma constitucional, y la suma equivalente a dicha reducción se llevará a un Capítulo especial del Presupuesto destinado a atender los compromisos que este Decreto impone al Estado y los que surjan de la reorganización del crédito popular que estudia el Gobierno.
Los Ministerios y Departamentos Administrativos, de acuerdo con la Dirección del Presupuesto, procederán a señalar las apropiaciones que deban afectarse hasta completar la reducción global que corresponda de acuerdo con este artículo.