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Artículo 38

Decreto 59 de 1904 · Por el cual se reglamenta la producción y venta de licores alcohólicos destilados en la Intendencia Nacional de San Martín

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 38. El conocimiento de las causas por fraude á la Renta de licores corresponde á la Policía en primera instancia y á la Intendencia en segunda, observándose el procedimiento detallado en el Código de Policía, Capítulo 2.°, Título 2.°, del Libro 3,° Son partes en estos juicios el Administrador, Arrendatario ó sus agentes respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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