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Artículo 2

El Ministerio De Relaciones Exteriores De Colombia Notificará El Contenido Del Presente Decreto Al Ministerio De Relaciones Exteriores De Los Países Bajos, De Conformidad Con El Artículo 6° De La Ley 455 Del 4 De Agosto De 1998

Decreto 1298 de 2011 · por medio del cual se deroga el Decreto 395 del 10 de febrero de 2009.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia notificará el contenido del presente Decreto al Ministerio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos, de conformidad con el artículo 6° de la Ley 455 del 4 de agosto de 1998.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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