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Artículo 9

Son Deberes Del Secretario: A) Desempeñar Las Funciones De Secretario Del Consejo Directivo

Decreto 215 de 1921 · Por el cual se establece el reglamento orgánico de la Escuela Superior de Agronomía de Bogotá

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 9.° Son deberes del Secretario

a)

Desempeñar las funciones de Secretario del Consejo Directivo.

b)

Legalizar los documentos y diligencias que lleven la firma del Director.

c)

Extender y firmar las matriculas y cancelarlas conforme las órdenes del Director.

d)

Llevar un libro registro de todas las clases y entregar a los catedráticos las listas respectivas de los alumnos en orden alfabético.

e)

Enviar mensualmente el informe de cada alumno a sus adres o acudientes y a la entidad oficial de que dependen los alumnos becados.

f)

Llevar un libro de notas y resoluciones.

g)

Formular y autorizar las actas de los exámenes en un libro que llevara para ese efecto.

h)

Dar copia de matriculas o certificados de calificaciones, previa orden del Director, y cobrar por cada copia o certificado un peso moneda corriente, que ingresara a los fondos de la Escuela.

i)

Llevar un libro en el cual los profesores, a las salidas de sus clases, podrán su firma, la materia explicada y las observaciones que estimen convenientes sobre conducta y aplicación de los alumnos. INSPECTOR O PASANTES

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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