Para la transformación de sociedades de acueducto y alcantarillado, en que el Insfopal sea socio o accionista, en organismos ejecutores, se observarán las normas del Código de Comercio y el siguiente procedimiento
La asamblea general de accionistas aprobará la reforma de los estatutos y determinará la manera de elaborar el balance que servirá de base para la fijación de aportes.
Los nuevos estatutos y la certificación sobre los aportes registrados en los estados financieros, a favor de las entidades que entran a formar parte del nuevo organismo, serán enviados por el representante del organismo al Director General del Insfopal para su concepto favorable y la posterior aprobación de los estatutos por el Ministro de Salud.