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Artículo 1

Decreto 2634 de 1961 · Por el cual se adiciona el Decreto 2287, que determina el personal de planta del Ministerio de Fomento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, las funciones propias de las dependencias de Navegación Fluvial trasladadas del Ministerio de Obras Públicas a la División de Transportes del Ministerio de Fomento por el Decreto 458 de 1961, se ejercerán por la siguiente planta: Intendencia Fluvial ele Barranquilla: Cargo Grado Grado 1 Intendente Fluvial II, 8 1 Secretario Auxiliar IV 8 1 Jefe de Sección I, 7 1 Cajero IV 6 1 Almacenista IV, 6 1 Almacenista III, 5 2 Revisores de Documentos I, 6 1 Mecanotaquígrafa II, 5 2 Auxiliares de Servicios Generales V, 5 1 Auxiliar de Servicios Generales V 5 2 Oficinistas III, 5 3 Auxiliares de Servicios Generales IV, 4 1 Chofer II, 4 1 Mensajero II, 3 1 Aseador II 2 4 Celadores I, 2 Intendencia Fluvial de Cartagena: 1 Intendente Fluvial I, 7 1 Secretario Auxiliar II 6 1 Oficinista III, 5 1 Mecanógrafa II, 4 2 Auxiliares de Servicios Generales III, 3 1 Chofer 1, 3 1 Aseador II, 2 Clasificación de Embarcaciones Fluviales, Seccional de Barranquilla: 1 Ingeniero III, 12 3 Mecánicos V, 7 1 Secretario Auxiliar II, 6 1 Revisor de Documentos I, 6 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 1 Mecanotaquígrafa II, 5 1 Chofer 1, 3 1 Aseador II, 2 Subseccional de Cartagena: 1 Mecánico V, 7 1 Auxiliar de Servicios Generales V 5 Inspección Fluvial de Honda: 1 Inspector Fluvial 3 2 Celadores 1, 2 Inspección Fluvial de La Dorada: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 Inspección Fluvial de Puerto Salgar: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 Inspección Fluvial de Puerto Boyacá: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 Inspección Fluvial de Puerto Berrio: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 1 Auxiliar de Servicios Generales III, 3 Inspección Fluvial de Barrancabermeja : 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 1 Auxiliar de Servicios Generales III, 3 Inspección Fluvial de Puerto Wilches 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 Inspección Fluvial de Gamarra: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 Inspección Fluvial de El Banco: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 1 Auxiliar de Servicios Generales III, 3 Inspección Fluvial de Mompós: 1 Inspector Fluvial 3 Inspección Fluvial de Magangué: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 1 Auxiliar de Servicios Generales III, 3 Inspección Fluvial de Calamar: 1 Inspector Fluvial 3 Inspección Fluvial de Caucasia: 1 Inspector Fluvial 3 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 3 Inspección Fluvial de Ciénaga: 1 Inspector Fluvial 3 1 Almacenista I, 3 3 Celadores I, 2 Inspección Fluvial de Montería: 1 Inspector Fluvial 3 Inspección Fluvial de Lorica: 1 Inspector Fluvial 3 Inspección Fluvial de Quibdó: 1 Inspector Fluvial 3

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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