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Artículo 81

Los Jefes De Las Oficinas Postales Están Obligados A Confrontar Diariamente Los Boletines De Expedición, Libros Y Planillas Del Servicio De Encomiendas, Para Cerciorarse De Si Las Introducidas Y De Tránsito Han Sido Despachados Puntualmente Y Las Recibidas Se Han Entregado O Anunciado Correctamente

Decreto 85 de 1927 · Por el cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del interior

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los jefes de las oficinas postales están obligados a confrontar diariamente los boletines de expedición, libros y planillas del servicio de encomiendas, para cerciorarse de si las introducidas y de tránsito han sido despachados puntualmente y las recibidas se han entregado o anunciado correctamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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