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Artículo 1

Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Del Año Económico De 1915 La Suma De Cuatro Mil Setecientos Cincuenta Pesos ($ 4,750), Tomada De Las Imputaciones Siguientes: Ministerio De Guerra-Capítulo 40-Ejército De La República-Material

Decreto 893 de 1915 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1915 la suma de cuatro mil setecientos cincuenta pesos ($ 4,750), tomada de las imputaciones siguientes: Ministerio de Guerra-Capítulo 40-Ejército de la República-Material. Artículo 317. Para auxilios de marcha $ 1.750 Ministerio de Agricultura y Comercio-Capítulo 70 -Navegación Fluvial-Personal y Material, Artículo 568. Para gastos de material en la limpia y canalización del bajo Cauca 3.000 4.750 Suman las deducciones $ 4.750

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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