La jurisdicción se pierde absolutamente por cualquiera de las causas que privan del destino de Magistrado o Juez y se suspende para todos los asuntos:
1ºPor licencia para separarse temporalmente del destino, desde que se encargue del despacho a individuo que debe reemplazarlos; y
2º Por sanción penal desde que se ejecutorié el auto o sentencia que expresa o tácitamente decreta la suspensión.