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Artículo 15

Decreto 32 de 1938 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1937, sobre ejercicio de la odontología

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Secretarios de las Juntas de Títulos Odontológicos cobrarán únicamente los derechos fijados en los artículos 563 y 564 del Código Judicial, por las copias y certificados que expidan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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