Hasta tanto se implanten los sistemas de clasificación y remuneración establecidos por el presente Decreto y se determinen las plantas de personal, los Ministerios, Departamentos Administrativos y Superintendencias continuarán funcionando de acuerdo con las normas actuales que rigen sobre la materia.
Al Incorporarse los actuales empleados a las plantas de personal que se determinen para cada organismo tendrán derecho al reconocimiento, a partir del primero de septiembre de mil novecientos sesenta y ocho, del sueldo de ingreso correspondiente a la categoría de la clase a la cual se asigne el cargo que siga desempeñando.