Facultase al Gobierno para reorganizar el Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales, dotándolo de personal suficiente para el desempeño de sus funciones y fijando las asignaciones correspondientes. Asimismo lo proveerá de los materiales y elementos necesarios para su funcionamiento, apropiando las partidas necesarias para atender a tales gastos.
Igualmente queda facultado el Gobierno para crear otros Juzgados de Ejecuciones Fiscales, dependientes del Ministerio de Hacienda con el objeto de descongestionar el crecido número de negocios existentes en el Juzgado único que funciona en la actualidad. Este nuevo Juzgado tendrá las mismas facultades legales que rigen el existente, y su reglamentación interna será dictada por el Ministerio de Hacienda.