El Cuerpo Diplomático será invitado por conducto de su Decano a las siguientes ceremonias oficiales
A las fiestas oficiales del Estado a que, por su importancia, el Gobierno juzgue oportuno que asista el Cuerpo Diplomático;
A los funerales del Presidente de la República; y a los altos dignatarios del Estado, cuando el Poder Ejecutivo así lo disponga.