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Artículo 10

Decreto 1127 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección General de Estrategia Sectorial. La Dirección General de Estrategia Sectorial cumplirá las siguientes funciones

1.

Asistir al Ministro y al Viceministro en la formulación de la política sectorial y en la participación del Ministerio en la definición de la política macroeconómica del Gobierno Nacional, involucrando al Sistema Nacional de Planeación Agropecuaria y demás actores intervinientes.

2.

Proponer un sistema de incentivos para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, creando o ajustando estímulos para el financiamiento, la producción, el empleo, la comercialización, el fomento a la asociación y otros que faciliten la ejecución de la política.

3.

Proponer mecanismos e instrumentos que propendan por el fortalecimiento del control, autocontrol y veedurías, que involucren a la comunidad, en el seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas.

4.

Apoyar el desarrollo, consolidación e interpretación de los sistemas de información del sector agropecuario.

5.

Asesorar el Sistema Nacional Ambiental en la formulación de los instrumentos de política ambiental y de recursos naturales renovables relacionados con el desarrollo de la productividad del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, que deban incorporarse en el Plan de Desarrollo.

6.

Apoyar el Proceso de Planificación Regional del Sector Agropecuario.

7.

Presentar a consideración del Viceministro, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia en el año inmediatamente siguiente.

8.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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