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Artículo 5

Decreto 996 de 1891 · Por el cual se crea un Establecimiento de Instrucción secundaria en el Departamento del Magdalena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5º Habrá los siguientes empleados: Un Rector, un Vicerrector, los Catedráticos necesarios, un Secretario-Tesorero, dos Pasantes y un Pasante-Portero, con las asignaciones anuales siguientes pagaderas por duodécimas partes : El Rector, con la obligación de hacer una clase diaria, $ 1,920. El Vicerrector, con la obligación de hacer una clase diaria, $ 960. Cada Catedrático, á razón de $ 350 por cada clase diaria pudiéndose acumular hasta tres clases. El Secretario-Tesorero $ 720. Cada uno de los Pasantes $ 360.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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