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Artículo 47

Funciones De La Dirección De Bienestar Social

Decreto 1512 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Bienestar Social. La Dirección de Bienestar Social tendrá las siguientes funciones:

1.

Establecer políticas para el mejoramiento de la calidad de vida del personal de la Policía Nacional y su familia.

2.

Desarrollar programas de orden social que permitan elevar el nivel de vida del personal policial y su familia.

3.

Atender los servicios de educación recreación y vivienda fiscal.

4.

Planear, ejecutar y evaluar programas tendientes a satisfacer necesidades de educación de los hijos del personal al servicio de la Policía Nacional.

5.

Fomentar el desarrollo de programas de recreo, deportivos y de aprovechamiento del tiempo libre en los funcionarios de la Policía Nacional.

6.

Administrar, mantener y promover programas para la solución de vivienda fiscal.

7.

Atender las necesidades prioritarias de las unidades policiales y del personal que las conforma, ante situaciones de calamidad o desastre.

8.

Administrar los aportes que para la prestación de los diferentes servicios de Bienestar Social, efectúe el personal de la Policía Nacional.

9.

Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas, que contribuyan al desarrollo integral de la comunidad policial.

10.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley y los reglamentos.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 47. Funciones de la Dirección de Bienestar Social. La Dirección de Bienestar Social tendrá las siguientes funciones:

1.

Establecer políticas para el mejoramiento de la calidad de vida del personal de la Policía Nacional y su familia.

2.

Desarrollar programas de orden social que permitan elevar el nivel de vida del personal policial y su familia.

3.

Atender los servicios de educación recreación y vivienda fiscal.

4.

Planear, ejecutar y evaluar programas tendientes a satisfacer necesidades de educación de los hijos del personal al servicio de la Policía Nacional.

5.

Fomentar el desarrollo de programas de recreo, deportivos y de aprovechamiento del tiempo libre en los funcionarios de la Policía Nacional.

6.

Administrar, mantener y promover programas para la solución de vivienda fiscal.

7.

Atender las necesidades prioritarias de las unidades policiales y del personal que las conforma, ante situaciones de calamidad o desastre.

8.

Administrar los aportes que para la prestación de los diferentes servicios de Bienestar Social, efectúe el personal de la Policía Nacional.

9.

Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas, que contribuyan al desarrollo integral de la comunidad policial.

10.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley y los reglamentos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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