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Artículo 107

Las Autoridades Militares Ejercerán Control Sobre Los Explosivos Que Sean Adquiridos Por Personas Naturales O Jurídicas Y Que Vayan A Ser Utilizados En Sus Respectivas Jurisdicciones

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades militares ejercerán control sobre los explosivos que sean adquiridos por personas naturales o jurídicas y que vayan a ser utilizados en sus respectivas jurisdicciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1663 de 1979