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Artículo 14

Decreto 2230 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional,y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media. Son funciones de la Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media, las siguientes: 14.1 Formular, establecer, divulgar y actualizar los lineamientos y estándares para las competencias básicas, de las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento para los niveles de educación preescolar, básica y media. 14.2 Promover la evaluación censal de competencias de los educandos. 14.3 Fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y su promoción a niveles superiores. 14.4 Presentar proyectos para la reglamentación e implementación de mecanismos para la evaluación de competencias y desempeño de docentes y directivos docentes. 14.5 Orientar la asesoría y apoyo a los departamentos, distritos, municipios e instituciones educativas, en la elaboración de sus planes de mejoramiento orientados a lograr que los educandos desarrollen competencias básicas, laborales y específicas. 14.6 Promover estrategias de promoción e intercambio de experiencias exitosas y la formación de redes de docentes. 14.7 Promover estrategias de incorporación de las competencias laborales y ciudadanas en el currículo. 14.8 Acompañar y promover las relaciones institucionales con instituciones prestadoras de asistencia técnica para el desarrollo de los modelos educativos. 14.9 Fomentar, estimular y apoyar las innovaciones curriculares y pedagógicas. 14.10 Establecer los criterios para la actualización y el perfeccionamiento del personal docente y directivo docente. 14.11 Fomentar e impulsar estrategias y programas de conectividad y uso de medios para el desarrollo de competencias. 14.12 Promover y apoyar el proceso de acreditación de calidad de las Escuelas Normales Superiores. 14.13 Proponer lineamientos y criterios para promover que las entidades territoriales puedan tener acceso a libros, textos y materiales educativos de buena calidad y bajo costo. 14.14 Promover el fortalecimiento de los entes territoriales para impulsar la calidad de la educación en las instituciones escolares. 14.15 Prestar asistencia técnica y acompañamiento a las entidades territoriales. 14.16 Convalidar notas, cursos y títulos de Educación básica y media, otorgadas por instituciones educativas extranjeras. 14.17 Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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