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Artículo 12

Decreto 2167 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la División de Fuerzas militares y Policía.- Bajo la dirección del Jefe de la Unidad de Justicia y Seguridad, corresponde a la División de Fuerzas Militares y Policía cumplir las siguientes funciones:

1.

1. Coordinar la programación del presupuesto de inversión de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y sus entidades adscritas y emitir concepto sobre sus modificaciones;

2.

2. Realizar el seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión presentados por las entidades del sector;

3.

3. Formular propuestas para la inversión pública sectorial y la organización institucional;

4.

4. Diseñar políticas, programas y proyectos de desarrollo sectorial en los campos de la Defensa Nacional, Policía, y Seguridad Ciudadana; y

5.

5. Evaluar la eficiencia del gasto del sector defensa y la gestión de sus entidades adscritas, y formular propuestas para su mejoramiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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