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Artículo 8

º

Decreto 2150 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 00011 del 07 de abril de 1994 del Fondo Rotatorio de la Policía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva del fondo Rotatorio de la Policía, las siguientes

a)

Formular la política general del organismo y los planes y programas que, conforme a las normas que prescriba el Ministerio de Defensa, el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General de Presupuesto, deban proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos a los planes nacionales de desarrollo;

b)

Adoptar el Estatuto Interno del Fondo Rotatorio de la Policía y cualquier modificación que a éste se le haga, y someterlo a la aprobación del Gobierno Nacional;

c)

Determinar la estructura interna y la planta de personal del Fondo Rotatorio de la Policía de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, y someterlas a la aprobación del Gobierno Nacional;

d)

Aprobar el proyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos en las fechas señaladas por los reglamentos, así como los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas de la entidad y autorizar los gastos extraordinarios;

e)

Aprobar los acuerdos de gastos necesarios para la ejecución presupuestal;

f)

Autorizar las transacciones financieras que proponga la Dirección General del Fondo Rotatorio de la Policía, con el fin de obtener recursos para el cumplimiento de su objetivo social;

g)

Aprobar los estados financieros periódicos que deba elaborar la entidad;

h)

Autorizar la gestión y la contratación de empréstitos internos y externos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Cualquiera que sea su cuantía;

i)

Cumplir y hacer cumplir las políticas que adopte el Gobierno Nacional y las suyas propias;

j)

Determinar el recargo sobre los precios de costo de los bienes que adquiera o produzca para suministrar a la Policía;

k)

Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía para que con recursos de la entidad y de acuerdo con la disponibilidad apoye a la Policía en casos en que esta institución lo requiera, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes;

l)

Determinar el porcentaje de provisión actuarial para la constitución de las reservas correspondientes al pago de pensiones de jubilación de los empleados del Fondo Rotatorio de la Policía;

m)

Autorizar las comisiones al exterior de los empleados del Fondo Rotatorio de la Policía, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;

n)

Delegar cuando lo considere conveniente alguna o algunas de sus funciones en el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía; ñ) Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía para delegar en el nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes algunas de las funciones que le corresponden de conformidad con las normas legales vigentes;

o)

Autorizar la venta o adquisición de bienes inmuebles y la propuesta de distribución del superávit del Instituto;

p)

Autorizar el nombramiento del personal directivo, de acuerdo con ternas que al efecto proponga el Director;

q)

Fijar la política de Bienestar Social y cultural para los empleados del Fondo Rotatorio de la Policía;

r)

Autorizar los Proyectos de Inversión que le presente la Dirección General del fondo Rotatorio de la Policía debidamente sustentados con el correspondiente estudio de factibilidad;

s)

Las demás que le señalen las leyes, estatutos y reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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