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Artículo 2

La Sustitución De Los Vehículos De Tracción Animal, De Que Trata El Artículo Anterior, Deberá Realizarse Por Las Alcaldías Municipales Y Distritales En Coordinación Con Las Autoridades De Transporte Y Tránsito De La Respectiva Jurisdicción

Decreto 178 de 2012 · por el cual se establecen medidas relacionadas con la sustitución de vehículos de tracción animal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La sustitución de los vehículos de tracción animal, de que trata el artículo anterior, deberá realizarse por las alcaldías municipales y distritales en coordinación con las autoridades de transporte y tránsito de la respectiva jurisdicción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 2012