Los titulares de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales tienen la obligación de devolverlos a la Subsecretaría de Asuntos Consulares y Migración del Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de los sesenta (60) días siguientes al término de la misión, del ejercicio del cargo o de la pérdida de la calidad que permitió la expedición de los mismos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante resolución podrá proceder a la cancelación o retiro de los pasaportes diplomáticos y oficiales.